A- de 2025
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Arias Suarez Andres Felipe·Demandado Ministerio De Trabajo Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos que se originen en el contrato de trabajo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral “A” y el Juzgado 013 Laboral del Circuito de Barranquilla, causado por una demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento presentada por un ciudadano, mediante la cual solicita, entre otros, declarar la nulidad de la Resolución emitida por el inspector de trabajo de la Dirección Territorial –Atlántico del Ministerio de Trabajo con la cual resolvió autorizar la terminación del contrato de trabajo del demandante, suscrito con la Cooperativa Integral del Litoral Atlántico –Coolitoral, y se ordene resolver lo contrario además de pagar la correspondiente indemnización de perjuicios a los cuales cree tener derecho.
Cumplidos los requisitos del conflicto de jurisdicciones, la Sala considera que es preciso reiterar, para resolver, la regla de decisión del Auto 600/22 conforme la cual, las autorizaciones que otorguen los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, y los Coordinadores de los Grupos de Atención al Ciudadano y Trámites del Ministerio de Trabajo, sobre la terminación de contratos laborales en la que los trabajadores privados estén en condición de discapacidad, constituyen una presunción de despido justo.
En consecuencia, las controversias que susciten estas decisiones son de competencia del juez de conocimiento, dependiendo la vinculación laboral que tenga el trabajador privado.
La Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 013 Laboral del Circuito de Barranquilla, para que adelante las funciones de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral "A" y el Juzgado 013 Laboral del Circuito de Barranquilla, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 013 Laboral del Circuito de Barranquilla es la autoridad competente para conocer de la demanda promovida por Andrés Felipe Arias Suárez contra el Ministerio de Trabajo.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6139 al Juzgado 013 Laboral del Circuito de Barranquilla , para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique esta decisión al Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral "A" y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.